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Declaración Patrimonial

  • Foto del escritor: Juan Francisco Morales
    Juan Francisco Morales
  • 5 may 2016
  • 1 Min. de lectura

Presentación Declaración Patrimonial

Es obligación presentar la declaración patrimonial para las personas naturales, incluyendo las que no desarrollen actividad económica, cuyo total de activos existentes al 1 de enero del ejercicio supere el monto equivalente a 20 fracciones básicas desgravadas de impuesto a la renta (USD 216.000), deben declarar su patrimonio considerando para el cálculo, el porcentaje que les corresponda en la sociedad conyugal o unión de hecho que integren, y el de sus hijos no emancipados.


Quienes mantengan sociedad conyugal o unión de hecho deberán presentar una declaración conjunta en el caso de que sus activos comunes superen el valor equivalente a 40 fracciones básicas desgravadas de impuesto a la renta (USD 432.000).



Multa:


La multa por no presentar la declaración patrimonial en las fechas establecidas es de USD 50,oo por mes de retraso. En el caso de recibir una notificación por parte del SRI la multa puede ser de hasta USD 1.500,oo

 
 
 

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